La Corte anula último tarifazo de Absa y ordena descontarlo en las boletas Es el ajuste de hasta el 180% realizado en 2012, que se había realizado sin audiencia pública previa La Suprema Corte de Justicia bonaerense dispuso declarar la nulidad del decreto provincial que estableció el aumento tarifario de Absa en 2012, por lo que las sumas abonadas por los usuarios en ese sentido serán devueltas en futuras facturaciones. Con la sentencia, el máximo tribunal dirimió la controversia legal desatada hace dos años cuando la suba del servicio de hasta un 180%, provocó la presentación de un amparo y la suspensión del incremento que, meses después, fue restituido por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata. El argumento fundamental que llevó a la Corte a anular el decreto que dispuso aquella suba es que éste no contempló la opinión de los usuarios y su participación a través de una audiencia pública. Ahora, según pudo averiguar este diario, las sumas cobradas en función del incremento de 2012 serían descontadas a los usuarios en las próximas facturas, algo que se produce en momentos en que el gobierno provincial analiza la definición de un nuevo ajuste tarifario del servicio de agua potable y cloacas. CONTROVERSIA JUDICIAL En mayo de 2012 el gobierno bonaerense dispuso un ajuste tarifario para el servicio de agua potable y cloacas que brinda la empresa Absa, que alcanzaba incrementos de hasta el 180%, al llevar el valor del metro cúbico de agua de $0,607 a $1,693. La medida, plasmada en el decreto 245/12 provocó fuertes protestas de los usuarios de nuestra ciudad y en los 91 distritos en los que la empresa presta el servicio. En ese contexto, el entonces diputado provincial de la Coalición Cívica Oscar Negrelli y la Defensora Ciudadana platense María Monserrat Lapalma, presentaron un amparo en el juzgado Nº1 en lo Contencioso Administrativo de La Plata, a cargo del juez Luis Federico Arias, En esa presentación, los demandantes solicitaban suspender el nuevo régimen tarifario sosteniéndose en que el mencionado decreto “vulneraba los recaudos establecidos en la normativa vigente, en particular la previa celebración de una audiencia pública”. La argumentación a la que hizo lugar la Justicia de primera instancia y generalizó para toda la Provincia, sostenía la vulneración del artículo 42 de la Constitución Nacional y el 38 de la Constitución Provincial, ambos en referencia a la protección de los derechos de los consumidores, entre ellos el de tener “información adecuada y veraz” sobre los servicios que utilizan. En este sentido, el cuestionamiento de la falta de una audiencia pública que dirimiera la necesidad y posibilidades de un aumento previo a su disposición obtuvo razón, pero luego fue apelado por la Absa y el Fiscal de Estado bonaerense. En agosto del mismo año, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo le dio vía libre a la suba, que se cobra desde entonces, hasta tanto el litigio tuviera una sentencia firme, subrayando que la anulación del aumento por la primera instancia judicial “debe adquirir firmeza” y “brindar certidumbre en la comunidad que ignora el importe que debe sufragar por el servicio hasta la fecha”. No obstante, Negrelli y Monserrat Lapalma insistieron ante la Suprema Corte para que se expida sobre la controversia, algo que ocurrió en las últimas horas y por el que el máximo tribunal declara la nulidad del decreto que dispuso la suba y ordena la devolución de lo cobrado en función del aumento. SIN AUDIENCIA PREVIA La principal cuestión que originó la controversia fue que el ajuste se dispuso sin considerar previamente el llamado a una audiencia pública para que los usuarios y el organismo de control, el Ocaba, dirimieran la necesidad y proporción del incremento propuesto por Absa. El llamado a audiencia pública sí ocurrió este año, ante una nueva solicitud de la empresa de aumentar del 46% para el servicio no medido y hasta 150% para el medido. Pero luego de dos cónclaves con usuarios y asociaciones de consumidores en ese sentido, el gobernador Daniel Scioli analiza ahora implementar un ajuste de entre el 10% y el 70%. Esta medida regiría desde el 1º de enero.
FUENTE DIARFIO EL DIA/HOY/DYN
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